sábado, 8 de mayo de 2010

Sobre creación de una Escuela provincial de Artes Industriales.Octubre/1907

92.- “Sobre creación de una Escuela provincial elemental de Artes Industriales”
Acta de sesión 1/10/1907 Pág. 18.U
Acta de sesión 2/10/1907 Pág. 21
Acta de sesión 3/10/1907Pág 25.V
ARCHIVO DIPUTACIÓN DE CÁCERES
-TRASCRIPCIÓN

Acta de sesión 1/10/1907 Pág. 18.U
Se acordó que pase a estudio de la Comisión de Fomento y Hacienda, proposición suscrita por los Señores Elvás, González Borreguero y Herreros sobre la creación de una Escuela provincial elemental de Artes Industriales.

Acta de sesión 2/10/1907 Pág. 21
Escuelas de Artes é Industrias.- (Proposición.) Los Diputados que suscriben penetrados de la gran necesidad que se siente en esta provincia de la creación y funcionamiento de un Centro de enseñanza que beneficie y mejore el porvenir de las clases obreras para elevar su nivel intelectual, abriéndoles por este medio una fuente de trabajos nuevos, mejor remunerados, y, por tanto, de recursos con que hacer frente a las imperiosas exigencias y dispendios que el progreso de los tiempos hace cada día mayores en la vida moderna, han creído llegado el caso oportuno de proponer á la Excma. Diputación la creación de una Escuela provincial elemental de Artes industriales, que por responder á los fines indicados anteriormente y por la viabilidad del proyecto, con el poderoso auxilio que generosamente ha ofrecido el digno Claustro de Profesores de este Instituto General y Técnico á los firmantes, no dudan han de reportar todos los beneficios que se desean, si la Excelentísima Diputación acuerda realizar cuanto tienen la honra de proponer los Diputados que suscriben, contenido en las bases siguientes: Primero.- Que el establecimiento, organización y funciones de la mencionada Escuela, se ajuste á lo preceptuado en el Real Decreto de seis de Agosto de mil novecientos siete, con colaboración y concurso del profesorado de este Instituto General y Técnico. Segunda.- Que la instalación de la Escuela, se efectúe provisionalmente en el edificio de dicho Instituto. Tercer.- Que con motivo de la creación de la referida Escuela, se reclame al Estado una subvención para el sostenimiento de la misma. Cuarta.- Que el plan y extensión de estudios, se sugete por ahora al grupo al grupo de las enseñanzas comprendidas en el artículo cuarto de dicho Real Decreto. Quinta.- Que el Profesorado y personal del Establecimiento, conste de un Director, un Secretario, siete Profesores, tres Auxiliares, un Oficial de Secretaría, un Conserge y los mozos de aseo precisos. Sesta.- Que se dedique una cantidad para material y Museos, Gabinetes, Talleres y Bibliotecas, sin perjuicio de utilizar los del Instituto. Septima.- Que una vez previstas las plazas, se dé posesión al personal por el Señor Presidente. Octava.- El profesorado se compondrá de los Profesores de Aritmética, Gramática Castellana, Geografía, Física y Química, Dibujo Geométrico y Francés, dos Auxiliares de Ciencias y otro de Dibujo, todos ellos Catedráticos del Instituto y además de otro Profesor de Dibujo Artístico, que lo será Don Conrado Sánchez Varona, los cuales percibirán por via de gratificación setecientas cincuenta pesetas al año cada Profesor y quinientas cada Auxiliar , quedando desde luego nombrados al aprobarse esta proposición. Dichos Profesores y Auxiliares explicarán todas la asignaturas que se comprenden en al articulo cuarto del Real Decreto citado. Novena.- El personal administrativo se comprenderá por un Oficial de Secretaria con gratificación de doscientas cincuenta pesetas, un Conserge y el personal subalterno necesario, al que se gratificará igualmente con otras doscientas cincuenta pesetas utilizándose el del mencionado Centro docente. Décima.- La consignación para el material de la Escuela será la de dos mil quinientas pesetas. Undécima.- Que la Excma. Diputación acuerde incluir y aprobar en los presupuestos provinciales para el próximo año, la plantilla y gastos que anteriormente quedan indicados que en junto hacen un total de nueve mil setecientas cincuenta pesetas.= Palacio provincial á primero de Octubre de mil novecientos siete= Manuel Elvira= Gonzalo González Borreguero= Emilio Herreros.
Dictamen.- La Comisión de Fomento ha estudiado detenidamente la proposición á que este dictamen se refiere y encontrándola sumamente ventajosa para el desarrollo de la cultura de las clases populares, entiende que debe ser aceptada por la Diputación y aprobada en todas sus partes.= La Diputación, sin embargo, en un superior criterio resolverá.= Palacio provincial dos de Octubre de mil novecientos siete= José Ibarrola y Muñoz= Daniel Cáceres= Francisco Belmonte y Romero= Emilio Herreros.
El Señor Castillo entiende que es muy loable la idea de la creación de una Escuela de Artes é Industrias en esta Capital, pero cree ha de resultar estéril y gravoso para la provincia, por lo que votará en contra de la misma.
El Señor Herrero dice que la sorpresa que le ha producido el Señor Castillo es honda, pues si bien entiende que el proyecto podía ser objeto de enmiendas para mejorarlo, no podia sospechar que el Señor Castillo sin razonar su voto en contra y solo por que cuesta unas pesetas se oponga al mismo. Bajo el punto de vista económico serán escasas las objeciones que pueden presentarse al proyecto por que la mayor parte de los gastos se realicen lo sufragará el Estado con la subvención que ha de solicitarse del mismo y el resto habrá de agradecérselo á los profesores del Instituto que dando pruebas de sus entusiasmos por la cultura se avienen por una módica gratificación á dar la enseñanza de la mayor parte de los estudios que han de cursarse en la Escuela.- Agregar que é como firmante del Dictamen, esta dispuesto a recoger en el proyecto todas las enmiendas, observaciones y advertencias que tiendan a mejorarlo, pero oponerse a él, como lo hace el Señor Castillo, por que va a costar unas pesetas, cuando la bondad del proyecto estriba precisamente en lo poco que vá á gravar el presupuesto, no es razonal, y por tanto, mantiene el dictamen.
El Señor González Timón, dice que no impugna el dictamen pues es partidario de todo lo que significa cultura y adelanto, pero ruega á la Diputación, por lo mismo que el proyecto es importante, se sirva tener el dictamen veinticuatro horas sobre la Mesa para estudio de los Señores Diputados.-
El Presidente manda leer el artículo cincuenta y seis del Reglamento y leído por un Señor Secretario dice que no se puede acceder á lo solicitado por el Señor Timón, pero deseando como los demás que el Señor Timón y los demás Diputados que se encuentren en su caso puedan emitir su voto con plena conciencia de lo que hacen, no tiene inconveniente en suspender la sesión por una hora, pero no á infringir el Reglamento.
El Señor Borreguero como firmante de la Proposición se adhiere á lo dicho por el Señor Herrero y en cuanto á lo manifestado por el Señor Timón, no tiene inconveniente en que el dictamen quede veinticuatro horas en la Mesa, pues está interesado como el que más en que haya luz y discusión en este asunto, para que nadie sospeche que hay sorpresas en este asunto.-
El Señor Timón contesta a la Presidencia que en efecto el artículo del Reglamento por la misma no lo tuvo presente, sin que por ello tenga nadie derecho á pensar que el proponer expedientes de la …… en esta cuestión. Cree en lo beneficioso del proyecto, pero dadas las cargas que abruman el presupuesto de la provincia quiere que todos se penetren de las ventajas é inconvenientes el proyecto, siendo esto lo único que le ha movido á pedir que quede veinticuatro horas sobre la mesa el dictamen.
El Señor Belmonte opina que no se planteado bien la cuestión, puesto que si la Comisión de Fomento que ha dictaminado el proyecto entiende que este es bueno, ello no es obstáculo para que la Comisión de Hacienda pueda entender que no hay fondos para crearlo, y amante de que el Reglamento se cumpla, cree que no debe quedar el dictamen veinticuatro horas sobre la Mesa.- Y después de rectificaciones por todos los Señores que han tomado parte en la discusión, se acuerda á propuesta del Señor Herrero y demás firmantes del dictamen retirar este para que puedan estudiarlo todos los Señores Diputados que lo deseen y presentarlo en el día de mañana.-


Acta de sesión 3/10/1907Pág 25.V
Escuelas de Artes é Industrias.- Se dio lectura del siguiente dictamen de la Comisión de Hacienda y voto particular del Vocal Señor Lancho.-
“La Comisión de Hacienda después de estudiar el proyecto de creación de Escuela de Artes é Industrias, entiende que deben consignarse en los próximos presupuestos la partida de nueve mil setecientas cincuenta pesetas destinadas á dicho fin, que quedará reducida á la mitad quizás toda vez que el Estado tiene la obligación de subvencionar dicho Centro de enseñanza.= No obstante, la Diputación resolverá lo que entiende más acertado:= Palacio de la Diputación tres de Octubre de mil novecientos siete= Luis Grande Baudessón0 Gonzalo González Borreguero= J. González =

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