lunes, 15 de febrero de 2010

Granja Escuela Práctica de Agricultura.Cáceres. 26/2/1861

50.- “Sobre la creación de una granja modelo escuela práctica de agricultura”
Fechado de 26/2/1861 a 24/10/1861
Sección Fomento de la provincia de Cáceres

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ARCHIVO DIPUTACIÓN DE CÁCERES. Expediente 2998-1
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-TRASCRIPCIÓN
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Portada.
Sección de Fomento de la Provincia de Cáceres
Objeto del expediente:
Sobre la creación de una granja modelo escuela práctica de agricultura

Febrero 26/861 Los Sres. Marques de la Conquista y Don Cipriano Segundo Antonino en carta de esta fecha invitan al Sr. Gobernador á la formación de una Granja modelo.
Id-28 Anuncio expediente con urgencia y contestación satisfactoria=
Marzo 10 Contestado á S. S. según minuta.
Id 2- la Sección informó manifestando debía prestarse todo el apoyo posible á la proposición y que se oficiase al Ingeniero de montes para que después del examen necesario de localidad á propósito, indicando la extensión del terreno que debía ocupar, informase sobre ello, y si pertenecía al Estado, caudales públicos ó particulares, su valor y todo lo demas conveniente a perfeccionar el pensamiento.
Id- Conforme.
Id 4 – cumplido según minuta.
Abril 18. El Ingeniero en oficio de esta fecha contesta diciendo que entre los diferentes terrenos que ha reconocido y que por sus condiciones geognósticas y locales, pueden servir para en ellos establecer la Granja modelo ó Escuela práctica de Agricultura, que reúna cuantas circunstancias requiere su establecimiento de esta clase…. El mas a propósito el sitio llamado Campofrio, próximo a la Capital y propiedad del Sr. Duque de Abrantes, situado en un fértil valle á la margen derecha del Arroyo de aguas vivas, donde pueden adquirir una extensión de 4 hectáreas, su valor 4000 S.
Id 15. Estracto y cta. En su expediente.=
Id 16. Al negociado 1º para sus efectos=
Firma ilegible.

Gobernador.
Designado ya por el Ingeniero de Montes el terreno que ha juzgado más á proposito para establecer la Granja modelo ó Escuela practica de Agricultura, que ha tenido por obgeto la instrucción este expediente con todo lo demas que indica en su oficio 13 del actual, es llegado el caso, en sentir de la Sección de oir á la Junta provincial de Agricultura en consonancia de lo que dispone el párrafo 2º art. 25 de su Reglamento orgánico, para que acuerde lo que estime conveniente á que se lleve á cabo tan útil y laudable pensamiento, proponiendo á la vez conforme á la atribución que le concede el art. 27 todo cuanto considere oportuno al intento. V. S. no obstante acordará como siempre lo mejor.
Cáceres 18 de Abril de 1861
Firma ilegible

Conforme
Cumplido seguimiento

27 de Abril. La Sección de Agricultura de la Junta provincial oficia proponiendo que por el Ingeniero de Montes y Catedrático de la Escuela de Agricultura se haga un reconocimiento del terreno que ha sido visto por el primero, como tambien las fincas tituladas hija de Vacas, Santa Ana y demas circunvecinas á esta villa para que indiquen el mas á proposito para el establecimiento.
Abril 27 de 1861. Dirijase las comunicaciones á que terminar á la oficina de Ingeniero de montes cumplimentadas en 29 de idem.
Junio 11. Con esta fecha se acuerda el servicio á los comisionados.
23 de Junio. El Ingeniero de Montes contesta diciendo que ha reconocido en unión del Catedrático de la (Junta de ) escuelas de Agricultura algunos de los terrenos indicados pero todavía les queda otros, los cuales reconocerán tambien con la posible brevedad, quedando en dar cuenta del resultado.
24 de Julio. Los comisionados dan conocimiento del resultado de sus diligencias, de cuyo escrito resulta que los terrenos indicados no reunen las condiciones que requieren las necesidades de las enseñanzas agrícolas, por lo cual han cumplido el reconocimiento á las dehesas de la Lagartera, situada en los terrenos juridiscionales, en l cual se proponen como muy útil para llenar el obgeto, ya por sus inmediaciones á la Capital, ya por la naturaleza y vanidad del suelo, una extensión de cuatrocientas hectáreas en los pastos que baña la Nevera, partiendo desde la loma nombrada de Dª. Clara para abajo.
Julio 26. A la Secretaría de la Junta para dar cuenta en la primera sesión= Belmonte.
Con las mismas fechas pasa a la Secretaría de la Junta.
4 de Setiembre. La Junta provincial de Agricultura, Industrias y Comercio, evacua el informe pedido diciendo que los terrenos indicados por los Comisionados no son aceptables para las necesidades del establecimiento que deben armonizarse con la enseñanza que se dá en la Escuela incorporada á este Instituto y que por lo tanto conviene se practique nuevo reconocimiento por los mismos comisionados, en unión de D. Sebastián Alberolas como persona muy competente empezando por el sitio del Marco, siguiendo la dirección de las aguas en el obgeto de ver si en este sitio se halla un campo de cien fanegas de terreno, entre ellas diez de regadío, que es la que se considera bastante a sentir de la misma Corporación y que reuna las condiciones necesarias para poder ensayar las plantaciones de horticulturas mas útiles á la Agricultura y ganadería, y prados artificiales, el cultivo de los cereales en general y prados naturales y plantaciones de olivos y viñedos.
Setiembre 5. Hágase como se propone. = Belmonte.
Cumplimentado en 6 de ídem.
Octubre 15. Los Comisionados dan cuenta del resultado de las diligencias practicadas, diciendo que ni bien existen en el trayecto citado por la Junta, puntos donde pudieran señalarse las cien fanegas de terrenos indicados por la misma, ni son dichos sitios los mas aceptables, tanto por su distancia de esta Capital, cuanto porque su exposición y clases se prestan con dificultad al variado cultivo á que deben destinarlos, que cerca del nacimiento del Rivera, en sus márgenes derechas a Norte de la Huerta del Sr. Conde de Adanero en un vallecito formado a las pequeñas derivaciones que ofrece la sierra de la montaña y en el sitio nombrado de la dehesilla, ha encontrado de cuarenta y cinco á cincuenta fanegas de secano que juzgan de la mejor y mas variada calidad, que en el mismo sitio y al otro lado de la Rivera en el cuarto nombrado de S. Francisco y su porción de huerta consideran pueden elegirse cuatro ó cinco fanegas de regadío que con la porción de secano hacen una finca de cincuenta y cinco fanegas prosimas á la población, con terreno el mas apropiado por su naturaleza, composición, exposición y abundancia de aguas para el perfecto cultivo de cereales y demas productos útiles y que este terreno lo creen preferible á los demas pues reune toda clase de condiciones aceptables, y advierten que el mismo ofrece capacidad bastante para toda clase de ensayos, pues la Escuela de agricultura nombrada la Flamenca donde se dan la enseñanza superior y donde se reune un material que no podrá proporciones aquí, no tiene mas que unas cien fanegas de terreno.
Decreta
Agricultura=
Cuenta en su expediente= Belmonte
Sr. Gobernador.
Puesto que el reconocimiento de que se trata se ha hecho á virtud del acuerdo de la Junta del ramo con la aprobación de V. S. y en cuya corporación obra el expediente original pendiente de informe definitivo, puede pasarse el escrito de los comisionados á la misma para que pueda formular dichos informes con vistas de los nuevos datos. Sin embargo se servirá acordar lo mejor.
Cáceres 24 de Octubre de 1861
Firmas ilegibles.
Conforme
Cumplimentado.

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