Permíteme unas pocas palabras para manifestarte el objetivo que persigue esta obra inacabada que tienes en tu pantalla y, que no es otro, que darte a conocer una serie de documentos que hablan “de, para y en nuestra tierra extremeña” de la actualmente conocida como formación profesional. Documentos presentados cronológicamente en archivo del blog con la temporalidad de publicación que me permita la conjunción de esta actividad con la vida misma. Estamos en contacto. Salud.
miércoles, 6 de enero de 2010
Enseñanzas aplicadas á las artes.5-noviembre-1833
6.- “Real orden relativa al establecimiento sucesivo de las enseñanzas elementales de aritmética, geometría, mecánica, física, química y delineación, señaladas en el plan aprobado por S.M. para el Real Conservatorio de Artes".
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GACETA DE MADRID NÚM. 138 Martes 5 de Noviembre de 1833
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MINISTERIO DEL FOMENTO GENERAL DEL REINO
Reales órdenes
Mandado llevar á efecto por Real orden de 14 de Febrero último el establecimiento sucesivo de las enseñanzas elementales de aritmética, geometría, mecánica, física, química y delineación, señaladas en el plan aprobado por S. M. en 11 del propio mes del año anterior para el Real Conservatorio de Artes y varias ciudades principales del reino, con el fin de propagar unos conocimientos, que siendo necesarios para dirigir, mejorar y abreviar las maniobras y operaciones artísticas y fabriles, son al mismo tiempo provechosos á todas las clases del Estado; y habiendo sido nombrados por Real orden de 28 de Setiembre varios profesores para el desempeño de dichas enseñanzas en las provincias, con objeto de que empiecen á experimentar prontamente los ventajosos resultados de ellas, quiere S. M. la Reina Gobernadora que sin la menor dilación se proceda á abrirlas, adoptándose al efecto todas las providencias oportunas. Por lo tanto, hallándose confiada la dirección inmediata de dichas enseñanzas en Málaga á la junta de comercio, en Valencia, Granada, Murcia, Sevilla, Cádiz, Zaragoza, Búrgos y Oviedo á las sociedades económicas ya existentes, y en Santiago á la que ha de establecerse, es la soberana voluntad de S. M. que las expresadas corporaciones, conforme á las reglas prescritas en los artículos 6º y siguientes del plan de enseñanzas particulares, se ocupen en plantearlas inmediatamente, tomando para ello cuantas disposiciones les sugiera su zelo é ilustración. De Real orden lo comunico á V. S., á fin de que, como encargado por el mismo plan de la inspección general de las enseñanzas, excite al efecto á las mencionadas sociedades, y cuide por su parte de que tengan el mas pronto y puntual cumplimiento los benéficos designios de S. M. en este importante ramo de la Instrucción pública. Dios guarde á V. S. muchos años.
Madrid 4 de Noviembre de 1833 = Búrgos = Sr. Director del Real conservatorio de Artes.
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