sábado, 6 de marzo de 2010

Contestación interrogatorio. 10/mayo/1862

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CÁCERES
SECCIÓN DE FOMENTO
AGRICULTURA
Para conocimiento de la Autoridad, Corporaciones y particulares que han contribuido á ilustrar en esta provincia la información abierta por Real Orden de 10 de Mayo último, sobre el estado de la enseñanza agrícola y medios de contribuir á su propagación y con el fin tambien de que llegue á conocimiento del publico el celo é inteligencia con que la Excma. Diputación provincial, de acuerdo con la Junta de Agricultura, Industria y Comercio han llenado este interesante servicio, hé dispuesto la inserción en el Boletín Oficial, del informe que ambas corporaciones han evacuado sobre tan importante asunto.
Cáceres y Noviembre 14 de 1862 = El Gobernador = Francisco Belmonte.

Contestación al interrogatorio de 10 de Mayo del corriente año acerca del estado de la enseñanza agrícola y medios de contribuir á su propagación y de fomento de la Agricultura.
I
1 ¿Existe en esa provincia ó región agrícola alguna escuela ó Granja modelo, y en que punto?
Existe la enseñanza de Agricultura, en el Instituto con un campo de practicas y un estenso jardín botánico, en las inmediaciones de la población.
2 ¿Cuándo fue creado?
La Cátedra de Agricultura se instaló en el Instituto en 1º de Enero de 1857
3 ¿Qué construcciones o edificios constituyen el establecimiento?
La enseñanza teórica, esta establecida en el mismo edificio del Instituto, la practica, en el Jardín botánico, en donde existe una espaciosa casa con las dependencias necesarias.
4 ¿Qué extensión tiene el terreno que se cultiva?
La extensión total del Jardín botánico, y campo de prácticas, es de 40 hectareas y 30 areas.
5 ¿Qué parte hay de regadio y cual de secano?
La parte de regadio tiene una extensión de 9 hectáreas, 66 áreas y la de secano , las 64 áreas restantes.
6 ¿Qué plantación hay y que cultivos se ejercitan?
La plantación consiste en un gran número de árboles frutales, de varias clases y de sombra, con un pequeño olivar y ademas un considerable semillero de plantas y flores, á la influencia atmosferica y en invernáculos. Su cultivo es el correspondiente á sus clases.
7 ¿En que consiste principalmente el material de maquinas é instrumentos?
Hay el arado Hallié perfeccionado, el de Asensio, el mediano de Jaen y el del pais, y ademas los instrumentos necesarios para la arboricultura.
8 ¿Que número y espacios de ganados hay?
No hay más ganado que una yuntas destinada á la labor.
9 ¿Qué destino se les dá?
Está contestado en la pregunta anterior.
10 ¿Qué industrias rurales se ejercen ó enseñan?
En la parte teórica de la Enseñanza, se explican las industrias rurales dependientes de la arboricultura y cultivo de la tierra, y en la parte práctica se ejercen algunas de estas industrias en la finca destinada á la enseñanza.
11 ¿Qué enseñanzas hay establecidas?
La Agricultura teórico-práctica.
12 ¿Qué número de profesores y dependientes hay en el establecimiento?
Hay un profesor y los operarios temporeros que en cada época se necesitan.
13 ¿Cuáles son sus dotaciones?
La dotación del profesor son 8.000 r.
14 ¿Por quien están nombrados y en que fecha?
El nombramiento está pendiente de la oposición anunciada y que debe verificarse en vreve.
15 ¿Cuántos alumnos han terminado su enseñanza desde la instalación del establecimiento?
Diez y nueve alumnos.
16 ¿Cuántos alumnos concurren actualmente?
Los matriculados en el último curso, fueron veinte y tres.
17 ¿Hay alumnos pensionados internos ó esternos?
Actualmente no hay alumnos pensionados internos ni esternos.
18 ¿Qué pensión tienen señalada y quien las satisface?
Está contestada en la anterior.
19 ¿Qué títulos o ventajas obtienen los alumnos al concluir su instrucción?
El título de Agrimensores, Peritos y las ventajas de su profesión.
20 ¿Qué fondos contribuyen á la fundación de la Escuela ó Granja modelo?
Los fondos provinciales.
21 ¿Cuáles contribuyen á su sostenimiento en la actualidad?
Los mismos fondos provinciales.
22 ¿Satisface el establecimiento que existe las necesidades de la provincia ó región agrícola en que está situada, ó convendrá sustituirla por otro nuevo?
La Cátedra que se encuentra actualmente establecida, con su campo de practicas y Jardí botánico, satisface cumplidamente las necesidades de la enseñanza elemental del Instituto.
23 ¿En caso de crearse uno nuevo ¿había de ser Granja modelo provincial ó Escuela regional?
24 Si escuela regional ¿Qué provincias ha de comprender la región á que deba considerarse afecta esa provincia?
No habiendo participado todavía las practicas del cultivo en Extremadura del perfeccionamiento que en la ciencia agronómica han introducido los adelantos de la Economia, la Mecánica y la Climatología, estando todavía muy limitado el ejercicio de las industrias rurales y siendo por lo tanto conveniente formar un personal teórico y práctico suficientemente entendido y autorizado para corregir los defectos de los procedimientos usuales para prescribir las modificaciones que deban introducirse en ellos y para encaminar á la Agricultura de la provincia por la senda de su progresivo desarrollo, sería tambien util la creación de un establecimiento en donde pudiese formarse dicho personal. Cuanto mayor es la localización del estudio. Mas minuciosa puede ser esta y mas facil es descender á los pormenores de la ciencia que son los que constituyen la parte mas importante de ella cuando se trata de pasar á la aplicación. Pero debiendo armonizar la economía con las necesidades de la localidad, y ofreciendo las dos provincias de Badajoz y Cáceres, una semejanza muy considerable respecto á sus producciones, suelo, clima y demas circunstancias, parece mas conducente al objeto, el establecimiento de una Escuela Regional, que el de una Granja modelo provincial, debiendo comprender la región, las dos provincias estremeñas.
25 ¿Cuál provincia ó punto será mas adecuado para establecer la Escuela regional ó la Granja modelo provincial?
Supuesta la creación de una Escuela regional deberán de proceder de acuerdo ambas provincias á la determinación del punto en que deba establecerse.
26 ¿Convendrá un campo de practicas de corta extensión unido á las enseñanzas ó una verdadera finca de explotación rural?
El labrador de estas capitales, cuya subsistencia depende del cultivo de sus reducidas tierras, pocas veces se decide á introducir en él reformas, que puedan comprometer el resultado de sus cosechas, si el ejemplo practico ó inmediato, no le convence de las ventajas y bondad de las practicas que se le recomiendan. Generalmente prefiere el sistema que viene siguiendo por defectuoso que sea, al mejor calculado que aconseje la ciencia, si no ha visto coronar con su buen resultado las teorías de aquellos; hé aquí la causa por que la Escuela regional, no debe tener únicamente un reducido campo de practicas, sino una verdadera finca de explotación rural, de donde los labradores tomen ejemplo para el cultivo de sus propiedades.
27 ¿Qué extensión deberá tener el terreno en uno ú otro caso?
Debe tener dicho terreno una extensión de 60 á 70 hectáreas.
28 ¿Cuántas hectáreas ó fanegas deben ser de regadio y cuantas de secano?
La tercera parte próximamente deben ser de regadio y las restantes de secano.
29 ¿Qué otras circunstancias han de concurrir para que el campo ó la finca sean aceptables?
La principal es que el suelo ofrezca la variedad de composición conveniente para que en el se encuentren representados, por lo menos, los terrenos mas comunes en la provincia.
30 En la Escuela ó Granja que se proponga ¿deberá enseñarse unicamente lo que se refiere al cultivo de la tierra, ó tambien la multiplicación y mejora de los ganados domésticos y las industrias rurales?
Respecto á la ganadería puede asegurarse que en esta provincia no es necesario su fomento por parte del Gobierno, puesto que existen en ella varios ganaderos que por si solos tienden el desarrollo de ese ramo de riqueza, con ensayos de aclimatización, cruzamiento y mejora de razas, estando sin embargo tan difundida en ello, es conveniente que esta enseñanza se la destine un lugar importante, por lo cual, si bien debe darse la preferencia al cultivo y á las industrias rurales, deberá tambien en la Escuela regional, lo relativo á la Ganadería.
31 ¿Cuáles cultivos conviene fomentar ó introducir?
La calidad y naturaleza del terreno y no la voluntad del labrador, son los que deciden los cultivos que pueden introducirse con buen éxito en una provincia, ó aquellos á que debe darse la preferencia y por lo tanto conviene fomentar. El suelo de la provincia de Cáceres, está compuesto de rocas del grupo que los geólogos llaman Siluriano y de los terrenos que se nominan terciarios, esto es de calizas, pizarras, areniscas de grano grueso y arcillas mas ó menos impregnados de oxido de yerro, y por lo tanto mas ó menos rojas, y por último, tambien tiene en ella sus representantes los terrenos primitivos, con el granito y el grees. Esta variedad en la naturaleza del suelo, lleva consigo identica variedad en la vegetación por esta causa en la provincia se recolectan en gran abundancia y diversidad cereales, frutas, tubérculos, raices…El juicio de cuales de estos cultivos debe propagarse mas, solo puede formarse después de un detenido estudio de los tres factores suelo, clima y situación en localidades determinadas de la provincia. En la actualidad se dá la preferencia al del trigo, cebada, avena y centeno.
32 ¿Qué especies y razas de ganado conviene propagar?
Nada hay que hacer en este particular en virtud de lo expuesto en la contestación á la pregunta 30.
33 ¿Qué industrias rurales conviene fomentar ó introducir?
Los productos mas importantes de la industria rural en esta provincia, son el vino y el aceite. El suelo, por su composición y formas orgraficas se presta mucho al cultivo de la vid y del olivo, pero es conveniente perfeccionar los procedimientos empleados en la elaboración de aquellos productos para mejorarlos todo lo posible. Tambien debe fomentarse la fabricación de aguardientes para evitar que tenga que surtirse de Cataluña, como sucede en la actualidad pagandolos excesivamente caros.
34 ¿Qué extensión debe darse á la enseñanza, la necesaria para los Ingenieros agrónomos y peritos agrícolas ó para capataces, mayorales, jardineros, árbolistas y peones rurales?
Siendo necesario para fomentar la Agricultura que se recomienden é introduzcan las practicas que aconseje la ciencia, es tambien conveniente que el personal á quien haya de encargarse esta misión pueda ejecutarlos por si propio,demostrando material y prácticamente á los labradores la manera como han de efectuar las operaciones para obtener el resultado mas beneficioso. Al propio tiempo debe procurarse obtener individuos suficientemente instruidos para que los grandes propietarios puedan ponerlos al frente de sus haciendas encomendandoles la dirección de los aprovechamientos agrícolas, todo lo cual puede conseguirse formando en la Escuela regional Capataces, Hortelanos, pero dando a la enseñanza la extensión conveniente para obtener tambien peritos agrícolas.
35 ¿Qué materias debe comprender la instrucción de la clase ó clases que se propongan y que período se debe emplear en la enseñanza?
Respecto á la clase de peritos agrícolas, los estudios que deben establecerse pueden ser los siguientes, que difieran poco de los que se siguen en la Escuela central de Agricultura. Agrimensura= Explicación de los fenómenos de la naturaleza. = Botánica agrícola. = Zootecnia. = Economía. = Agricultura general. = Agricultura especial. = Prácticas rurales y dibujo.
La enseñanza puede tener lugar en cuatro años.
Respecto á las clases de Capataces y Hortelanos, los conocimientos que deben tener son los siguientes:
Capataces.
Agrimensura= Nociones de Economía y Botánica. = Agricultura especial. = Prácticas rurales con estensión. = La enseñanza puede durar dos años.
Hortelanos.
Agrimensura= Nociones de Economía y Botánica. = Horticultura. = Prácticas de Horticultura con estensión. = Los estudios pueden hacerse en dos años.
36 ¿Qué número y clase de profesores y dependientes debe constituir el personal de l Escuela ó Granja, dada la extensión de la enseñanza, la del campo y el número de alumnos?
El personal necesario para la Escuela regional en la forma espresada hasta aquí, debe consistir en:
Un profesor.
Un ayudante.
Un escribiente.
Un capataz.
Un hortelano.
Cuatro mozos de servicio.
37 ¿Qué dotación debe disfrutar dicho personal?
Pueden establecerse las dotaciones siguientes.
Profesor…………………………………….12.000r.
Ayudante…………………………………….8.000.
Escribiente…………………………………...5.000.
Capataz………………………………………5.000.
Hortelano…………………………………….5.000.
Mozo…………………………………..á……3.000.
38 ¿Qué plazas de estas deben proveerse por oposición y cuales por elección?
Deben proveerse por oposición las de Profesores, Ayudantes, Capataz y Hortelano, las de Escribiente y mozos por elección.
39 ¿Qué títulos ú otras circunstancias deben exijirse á los opositores?
Para profesor tener el titulo de Ingeniero agrónomo ó presentar certificación de haber cursado y sido aprobado en las asignaturas que para ello se necesitan.
Para Ayudantes tener el titulo de Perito agrícola ó presentar certificación de haber cursado y sido aprobado en las asignaturas que para ello se necesita.
Para capataz y hortelano presentar el título de agrimensor y certificación de haber practicado por espacio de seis años por lo menos la agronomía ú la horticultura.
40 ¿Dónde y ante quien deben celebrarse los ejercicios de oposición?
Pueden quedar a la elección del Gobierno.
41 ¿Cómo y por quien deben proveerse las demas plazas no sujetas a oposición?
Deben ser de nombramiento del profesor.
42 ¿Habrá alumnos pensionados internos ó esternos y en que número?
Teniendo que estar muchos de los alumnos que concurran a la Escuela regional lejos del circulo de sus familias, conviene crear el mayor número posible de plazas de internos, con el objeto de que seguros los padres de la vigilancia y cuidado que por parte del profesor y demas dependientes, se ha de ejercer sobre sus hijos, no se retraigan de dedicarlos á tales estudios sin perjuicio de admitir alumnos esternos en número indeterminado.
43 ¿Quién habrá de sufragar la pensión, los interesados, los municipios, las provincias ó el Gobierno?
Convendría establecer plazas pensionadas por las provincias y el Gobiernom pero los demas alumnos deberán sufragar por si propios la pensión.
44 ¿Qué títulos, atribuciones ó ventajas deben ofrecerse á los alumnos?
Deben desde luego concederseles las ventajas que otorga á los que estudian en la Flamenca, el artículo 5º del Real Decreto de 1º de Setiembre de 1855 á saber, podrán autorizar apeos, tasaciones de fincas agrícolas que hayan de hacer fé en juicio, siempre que la extensión de ellas no pase de 30 hectáreas y deberán ser preferidos para las plazas de Capataces, mayorales, jardineros y hortelanos en el servicio públioc, asi como para los destinos subalternos de la estadistica agrícola.
45 ¿Cuántas cabezas de ganado y de que especies y razas deben constituir la dotación de la Escuela ó Granja para la reproducción de las mismas especies?
No hay necesidad de que existan ganados con este objeto en razon de lo expuesto en la contestación á la pregunta 30.
46 ¿Cuántas y de que clase para las labores?
Establecida la extensión que debe tener la finca puede atenderse á su cultivo con las cabezas de ganado de labor, cuatro yuntas bacunas y una mular.
47 ¿Qué maquinas, instrumentos y aperos se consideran necesarios para el cultivo y las industrias agrícolas?
Los de mayor necesidad son los siguientes:
Pala=Plantadores=Picos=Arados comunes=Id. Puntiagudos=Azadones comunes=Id. Retamoros=Arados=Rastras=Escardadores=Sembradoras=Ordaderas=Podones=hachas de apeo=Hoces=Horcas=Segadora=Trillo.
48 ¿Qué construcciones para vivienda, establos y demas dependencias?
El edificio de la Escuela debe contener el local siguiente:
Habitaciones para alumnos=Id. Para el Profesor, Ayudante, Escribiente, Capataz,Hortelano=Cocinas=Biblioteca?Sala de dibujo=Catedras=Sala para colecciones=Patio=Cuarto para mozos=Cobertizo para carros=Deposito de Frutos y hortalizas=Establo para bueyes de labor=Cuadra=Deposito de instrumentos, maquinas, etc.
49 ¿A cuanto próximamente podrán ascender los ganados referidos?
Puede calcularse que ascenderán de 10 á 130000
50 ¿A cuanto las maquinas, instrumentos y aperos?
Los instrumentos, aperos y maquinas que se necesitan podrán ascender á unos 8.000r.
51 ¿A cuanto las construcciones?
El valor de las construcciones necesarias no puede fijarse con entera precisión, pero puede calcularse que ascenderá de 3 á 4000 duros
52 ¿Cuál sería el importe aproximado de los gastos de instalación comprendiendo el coste del terreno ó finca (si hubiera de comprarse), las construcciones, los ganados, maquinas, instrumentos y aperos?
Es de difícil contestación no teniendo á la vista las condiciones de la finca, pero es probable que el total importe de lo que en esta pregunta se espresa no baje de 20 ó 25.000 duros.
53 ¿Cuál es el importe anual del presupuesto ordinario para sostenimiento de la Escuela ó Granja ya por arrendamiento ya por manutención de ganados y demas material?
El importe del personal se espresa en la pregunta siguiente, el del material seria proporcionado á la resolución que correspondiera á la pregunta anterior.
54 ¿Cuál el importe anual por sueldo de profesores, empleados, dependientes y demas referentes al personal?
Según los sueldos establecidos anteriormente y teniendo en cuenta el gasto que puede hacerse en jornales de personas y demas operarios se creé podrá ascender el importe en concepto de personal á cincuenta y cinco mil S. anuales.
55 ¿Qué parte de los gastos de instalación deberá satisfacer el Estado?
Con objeto de que ante la perspectiva de los cuantiosos desembolsos que requiere el planteamiento de la Escuela regional, las provincias no se retraigan de poner en practica este pensamiento sería conveniente que el Estado abonase su importe procurando reducir en su creación el establecimiento á lo mas estrictamente necesario, tanto en las construcciones como en la parte del material de enseñanza para que asi le fuere lo menos gravoso posible la creación del mismo. Mas adelante podrán introducirse en el las mejoras que sean precisas y se podrá dar mayor extensión á sus dependencias por cuenta de las provincias, por quienes después de instalada la Escuela deberan satisfacerse los gastos que anualmente se originen para el sostenimiento y desarrollo. El sueldo del Profesor y Ayudante deberá satisfacerse por el Estado, los demas por la region.
56 ¿Qué parte la provincia en que radique el establecimiento?
57 ¿Qué parte cada una de las demas provincias comprendidas en la region?
Contestada en la 55.
58 ¿Qué parte de los gastos ordinarios anuales, asi de personal, como de material deberá abonar el Estado?
El sueldo el profesor y ayudante según se ha demostrado ya.
59 ¿Qué parte de los gastos ordinarios anuales, asi de personal como de material deberá abonar la provincias en que el establecimiento radique?
60 ¿Cuál cada una de las demas provincias comprendidas en la region?
Establecido ya que el Estado debe abonar únicamente el sueldo del Profesor y Ayudante en los gastos ordinarios, corresponde á las dos provincias el abono de los gastos que origine el personal restante y el material que exista ó convenga adquirir. Respecto á las cantidades respectivas que deban satisfacer las provincias, no puede determinarse con exactitud, sino después de un arreglo entre las mismas. En el cual se fije la cantidad proporcional que á cada una de ellas corresponda en vista de las circunstancias que sirvan de base para el repartimiento.
61 ¿Hay en esa provincia ó punto que se designe algun campo ó finca del Estado, de la provincia, de los pueblos ó de particulares que por sus faborables circunstancias pueda adquirirse ó arrendarse para el objeto?
Designado por las provincias el punto en que debe establecerse la Escuela regional, no será difícil encontrar en el una finca que reuna las condiciones apetecibles para el objeto puesto que en casi todas las localidades de ellas, existen grandes propiedades pertenecientes á particulares. Quedando sin embargo como queda por ahora indeterminado el punto en que deba plantearse, no puede contestarse con precisión á esta pregunta.
62 ¿A cuanto podrá ascender el valor de coste ya en compra ya en arrendamiento?
Está contestado en las preguntas 52 y 53.
63 ¿Qué autoridad ó corporación deberá vigilar inmediatamente el establecimiento ya para procurar el buen régimen económico ya su progresivo fomento y desarrollo?
Las Diputaciones provinciales de ambas provincias de acuerdo entre si deberán vigilar por la parte económica, en la parte de la Enseñanza la Dirección de Agricultura ó la Escuela general de este ramo si llegan a crearse, por medio de las personas á quienes delegue en la localidad.
II
64 ¿Convendrá crear escuelas ó conferencias agrícolas para adultos?
La creación de conferencias agrícolas sería conveniente en algunos pueblos de la provincia de los mas importantes, con objeto de contribuir por este medio á difundir entre los labradores las máximas científicas, pero no en la actualidad sino mas adelante.
65 ¿Si convienen, como habrán de organizarse?
Deberán limitarse dichas conferencias á esplicaciones de una persona competente acerca de las operaciones del cultivo, promoviendo por todos los medios posibles, la asistencia á ellas por parte de los labradores.
66 ¿En que pueblos de la provincia se encuentra el espíritu público mas preparado para auxiliar su establecimiento?
En la actualidad todas la reformas é innovaciones que tienden al fomento de la Agricultura, unicamente pueden plantearse en un reducido número de poblaciones de las mas considerables de la provincia por que solo en ellas podrán tener algun resultado favorable.
67 ¿Convendrá crear sesiones agronómicas?
Su resultado por ahora sería por menos que nulo, siendo mas conveniente crearlas cuando se cuente con un personal bien instruido y formado en la misma Escuela regional que se establecerá.
68 ¿Si conviene, como se habrán de organizar?
69 ¿Convendría enlazarlas con las conferencias de adultos?
70 ¿Cómo se relacionarán?
71 ¿En que pueblos de la provincia sería mejor recibida?
En virtud de lo contestado á la pregunta 67, no ha lugar á verificarlo á las anteriores.
72 ¿Convendría crear Bibliotecas municipales agrícolas?
Sería con efecto muy conveniente determinar una cantidad de los fondos municipales á la adquisición de obras para la formación de bibliotecas en los pueblos mas importantes de la provincia promoviendo la lectura, entre los propietarios mas notables para que de estos se difundiese entre las clases menos acomodadas.
73 ¿Cómo se ha de organizar?
Bastará destinar una cantidad á dicho objeto, confiando la elección de las obras y publicaciones á personas entendidas y poniéndolas bajo la custodia de los Ayuntamientos.
74 ¿En que pueblos deberán establecerse con preferencia?
Por ahora solo en diez ó doce de los mas importantes.
75 ¿Dónde los recursos de la Admón.. ó de la asociación no permita fundar bibliotecas fijas, convendría fomentar el establecimiento de gabinetes de lectura?
Fuera de los principales pueblos de la provincia no debe ensayarse en la actualidad este medio, pues que no hallandose todavía preparados las clases labradoras para comprender el testo de las obras que contengan los gabinetes de lectura su resultado sería esteril. Por esta causa es conveniente proceder paulatinamente planteando según se ha dicho solo en pocos puntos y estos de los mas notables para que en ellos se encuentren personas en quienes la lectura pueda ser provechosa y fecunda.
76 ¿Qué medio podrán emplearse para fomentar la creación de gabinetes de lectura?
Al parecer ninguno.
77 ¿En que pueblos está mas preparada la opinión para cooperar al establecimiento de bibliotecas y gabinetes de lectura?
Puede aplicarse a esta pregunta la contestación á la pregunta 66.
78 ¿Qué resultado han dado las disposiciones legislativas y reglamentarias dictadas hasta el dia para fomentar la enseñanza agrícola en las Escuelas de instrucción primaria?
El planteamiento de esta clase de enseñanza en las Escuelas de instrucción primaria no ha podido obedecer a otra idea que á las de inculcar en la mente del niño, los rudimentos y máximas del buen cultivo para despertar su imaginación á esta clase de estudios, crezcan en el su afición á ellos y graven en su memoria algunos principios que recordados mas tarde puedan dar fecundos resultados. Exigir que dichas enseñanzas de en esta parte otro fruto sería un absurdo y bajo este concepto, llena suficientemente el objeto para que fue creada.
79 ¿Conviene seguir este impulso ó abandonarlo completamente?
Debe seguirse no perdiendo de vista el fin de su institución.
80 ¿Si conviene, como se debe organizar esta enseñanza?
Bastarán las lecciones explicadas por el maestro, sencilla y compendiosamente y el estudio por parte de los niños en tratados redactados con claridad y acierto.
81 Supuesto el aprendizaje de la labranza en el seno de la familia, ¿Debe limitarse la Escuela de instrucción primaria solo á la enseñanza de la doctrina agrícola?
Es suficiente esto último, en atención á la corta edad que en general tendrán los discípulos.
82 ¿Convendrá que la Escuela ausilie con practicas el aprendizaje hecho en el seno de la familia?
Es suficiente con aquel.
83 En este caso ¿Qué material se necesita?
Ninguno en virtud de lo expuesto,
84 ¿En el caso contrario, que material será absolutamente preciso?
No debe existir material, puesto que en las escuelas de primera enseñanza debe unicamente estudiarse la doctrina agrícola.
85 ¿Cómo se ausiliará el aprendizaje en el seño de la familia con su asistencia çá la Escuela?
Destinando ciertos dias á horas determinadas a uno y otro objeto.
86 ¿Convendrá formar un curso de estudios para la enseñanza?
Las condiciones de ella, eximen de la formación de plan alguno de estudios.
87¿Convendrá promover la redacción de tratados sueltos?
Sería muy conveniente el hacerlo para todos los grados de la enseñanza, asi como tambien respecto á la redacción de cartillas dirigidas á las clases labradoras y en las cuales se armonizase lo ameno con lo útil.
88 ¿En uno y otro caso, que medios se emplearian?
El estimulo por medio de premios á sus autores.
89 ¿Qué resultados ha dado la instrucción agronómica en los Institutos de 2ª enseñanza?
El resultado ha sido el de despertar la afición al interesante estudio de la Agricultura, el de generalizar algun tanto el conocimiento de instrumentos y aparatos útiles y el de completar la instrucción de los agrimensores
90 ¿Qué debe hacerse en lo subcesivo con esta asignatura?
Debe conservarse tal como existe, puesto que por hoy se necesita la protección decidida del Gobierno. Tiempo llegará en que generalizando el conocimiento y viéndose claramente las grandes ventajas del estudio agronómico los propietarios lo pongan á su servicio esperando de sus progresos abundantes resultados.
91 ¿Qué resultados dá la enseñanza de agrimensores?
Los resultados de la enseñanza de agrimensores son los mismos que los obtenidos en la enseñanza agronómica establecida en los institutos, obteniéndose un personal útil en tasaciones y mediciones de fincas de todas clases, ya pertenecientes á los particulares, ya al Estado ó los pueblos.
92 ¿Convendrá conservar esta enseñanza tal cual hoy se encuentra organizada?
Puesto que la enseñanza de los Institutos producen ventajas, convendrá conservarla haciendo en ella cualquiera modificación que las circunstancias aconsejen.
93 ¿Convendrá reunirlas con las Escuelas de Agricultura?
Es mas conveniente que la enseñanza ampliada de las Escuelas regionales estén separada de la elemental del Instituto.
94 ¿Convendría que se estableciesen Catedras de Agricultura en todas las Escuelas de Veterinaria?
¿Bajo que plan?
Existiendo la enseñanza elemental de Agricultura en los Institutos de segunda enseñanza de todas las provincias y ademas la ampliada en las Escuelas regionales y Granjas modelos, no hace falta en las Escuelas de Veterinaria.
95 ¿De que mejoras son susceptibles las facultades de ciencias para que cooperen mediata ó inmediatamente á la enseñanza agronómica?
En las facultades superiores se dá en la actualidad bastante lugar á los conocimientos convenientes para el fomento de la Agricultura, no debe por lo tanto reformarse la organización de sus estudios.
III
96 ¿Convendrá crear una sociedad general de Agricultura?
Sería conveniente la creación en Madrid de una Sociedad general de Agricultura que á semejanza de la asociación general de ganaderos diese impulso, fomento y dirección á aquel importante ramo.
97 ¿Bajo que bases deberá establecerse? ¿Cuál será su principal objeto?
La Junta general podrá componerse de una comisión permanente que esté en comunicación directa con las Juntas provinciales de Agricultura y con los directores de Escuelas regionales, Granjas modelos y demas establecimientos agrícolas que se establezcan en las provincias; nombrará individuos de su seno que recorran dichas provincias cuando juzgue conveniente para apreciar debidamente las necesidades del pais y el estado de su enseñanza agrícola; prescribirá las reformas ó modificaciones que deban hacerse en ella y cuanto crea conveniente á su desarrollo; celebrará sesiones ordinarias y extraordinarias con asistencia en estas últimas de los propietarios agrícolas que se elijan por las Juntas provinciales, de entre los que reunan las condiciones que deberán fijarse al efecto. En general su objeto será el procurar la propagación de las buenas máximas agrícolas, difundir la instrucción en esta materia entre las clases menos acomodadas, fomentar la Agricultura y dispensar la protección debida á este ramo de riqueza.
98 ¿Convendrá crear sociedades de Agricultura provinciales ó regionales independientes ó relacionadas unas con otras?
Podrán conservarse las Juntas provinciales que en la actualidad existen.
99 ¿En que puntos y bajo que condiciones deberán constituirse?
Deberán subsistir en las capitales de provincias, introduciendo si asi se crée conveniente las reformas necesarias en su organización.
100 ¿convendrá convertir las Sociedades económicas en Sociedades puramente de Agricultura?
Creadas las Sociedades económicas con objeto de promover no solo el fomento de la Agricultura y Ganadería sino tambien el de la enseñanza popular, artes y oficios y siendo el fin el de remover los obstáculos que se opongan material é intelectual de las localidades no deben limitarse sus facultades unicamente a la Agricultura, sino que deben subsistir como en la actualidad imprimiendo su impulso á los demas importantes ramos que se hallan dentro de su esfera y que son tan dignas como aquella de la atención y solicitud de estas sociedades.
101 ¿Cuáles serán las bases de su nueva organización?
Pueden conservarse las que existen.
102 ¿Convendrá establecer congresos agronómicos?
Si fuese posible dudar de la conveniencia de los congresos agronómicos bastaría dirigir la vista al reducido reino de Sajonia para convencerse con la irrecusable prueba de los hechos, de los beneficios que prestan á la Agricultura estas instituciones y de la luz que derraman en los puntos mas intrincados de la ciencia. Para deducir acertadas consecuencias es preciso conocer con claridad los hechos para discurrir acerca de los sistemas, es preciso analizar los procedimientos de la naturaleza en las funciones vitales, examinar las condiciones de localidad y las probabilidades de éxito. Desgraciadamente la Fisiología vegetal presenta todavía algunos enigmas que no ha podido penetrar el genio investigador del hombre pero los resultados infructuosos obtenidos en la exploración de algunos hechos no deben arredrar á la ciencia, antes bien á la vista de los importantes descubrimientos realizados debe procurar inquirir por completo lo que todavía ignora.
Fundada en Sajonia en 1837 los congresos agronómicos se han propagado con rapidez y sus trabajos han sido tan útiles como numerosos. En aquella época la agricultura Sajona obedecía poco menos que al empirismo y la rutina, hoy día el digno profesor de Química de la Escuela forestal de Atrarant fundada en el conocimiento de los terrenos, nace de todo cultivo vocacional, recorre por si propio los pueblos recomendando y explicando á los labradores, las modificaciones que deben introducir en el cultivo, redacta tratados sencillos al alcance de aquellas clases y sus lecciones encuentra en ella un auditorio atento y dócil, corriendo sus obras en manos de personas acostumbradas á manejar la azada y el arado.
España está muy distante de poseer en las clases menos acomodadas, la instrucción necesaria para que este medio de enseñanza produzca los mismos frutos que en Sajonia y por esta causa es preciso proceder en el mismo órden en que se ha procedido en los países mas adelantados en este ramo.
Los Congresos agronómicos con sus discusiones aprecian con rectitud las necesidades de los paises, plantean las normas de aprovechamiento, delucidan sus consecuencias, preveén sus resultados y preparan el espíritu público á las innovaciones que conviene introducir. Pero para la aplicación local es preciso suministrar á estos mismo Congresos, noticias, resultados, hechos que sirvan de apoyo á sus deducciones. Hé aquí por que es conveniente fomentar las exposiciones provinciales de Agricultura en donde puede apreciarse la medida de las fuerzas productivas en donde se muestra en su justo valor la capacidad agrícola y en donde la emulación dá origen al perfeccionamiento de productos y sistemas. En España se ha seguido en muchas provincias esta senda y convendrá que tan saludable ejemplo fuese imitado por la de Cáceres.
103 ¿Cómo deberán organizarse?
La propiedad, la ciencia, la practica deben tener sus representantes en los Congresos agronómicos. La elección de personal puede someterse á la espontanea decisión de los pueblos y al nombramiento del Gobierno. En cuanto á las demas condiciones de su organización deben ser objeto de un estudio mas detenido del que puede practicarse en la contestación al presente interrogatorio.

Insertese,

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